Bienvenid@ a la Bolsa de Trabajo del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Mediante este servicio podrá realizar la inscripción en la Bolsa de Trabajo del CSIC y diferentes consultas sobre el procedimiento de selección y contratación de personal temporal con cargo a proyectos de investigación, convenios y contratos.
Este modelo solo se usará para los centro extranjeros que en las certificaciones academicas no incluyan las notas medias
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No. Sólo podrá realizarse una única solicitud, eligiendo una de las tres modalidades en las que se desea tener opción a ser contratado.
- Si tienes cierta experiencia o has cursado alguna FP, la modalidad es la de personal técnico, grupos profesionales 1, 2, 3 y 4 del convenio único.
- Para obtener el doctorado, la modalidad es la de personal investigador en formación mediante contrato predoctoral fuera de convenio.
- Para obtener la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursado, la modalidad es la de personal técnico titulado superior mediante contrato en prácticas fuera de convenio.
Vienen establecidas en los Anexos de la Resolución de 16 de julio de 2019 de la Presidencia del CSIC, por la que convoca una bolsa de trabajo para la selección y contratación de personal temporal con cargo a proyectos de investigación, convenios y contratos y que establecen las especificidades de cada modalidad.
En las modalidades de contrato predoctoral y prácticas, se requiere una nota mínima en el expediente académico igual o mayor a 6,5.
La certificación de nota media es imprescindible para realizar la valoración de méritos. Deberás cumplimentar un documento de declaración de notas medias.
Si, cumplimentando 2 fichas. Una como titulado superior y otra como titulado medio anexando la titulación correspondiente y la certificación de nota media.
La inscripción se debe imprimir, firmar y registrar. Se dirigirá a la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, C/ Serrano nº 117, 28006 – Madrid. Para realizar el registro podrán utilizarse los procedimientos regulados en el artículo 38 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien se podrá realizar en el Registro General del CSIC, C/ Serrano, 117, 28006 – Madrid. Se enviará únicamente la inscripción, no los anexos.
No. Se deben escanear y añadir los archivos a la inscripción telemática en los puntos señalados para ello.
Si. Deberán guardar relación directa con la titulación acreditada y se podrá especificar un máximo de 2 Áreas científico-técnicas con un máximo de 3 ámbitos temáticos por cada una y hasta un total de 3 Centros, Institutos o Unidades.
En la web: http://www.csic.es
Además de anexar los documentos que la acrediten, deberá añadirse el informe de vida laboral en el apartado correspondiente.
Periódicamente se van publicando las relaciones de candidatos que se incorporar a la bolsa de trabajo del CSIC con las valoraciones de méritos obtenidas.
De acuerdo con el punto tercero, su solicitud de inscripción será excluida porque la titulación acreditada no guarda relación directa con las Áreas seleccionadas. Cómo la solicitud inicial es vinculante respecto a las Áreas y ámbitos no podrá ser modificada por lo que para poder realizar una nueva inscripción deberá darse de baja en la aplicación de bolsa de trabajo y registrarse con un nuevo usuario
Para poder formalizar el contrato es necesario que solicite la homologación al título español o la equivalencia a nivel de grado o Máster en una rama de conocimiento. Es suficiente con la solicitud presentada y la acreditación del pago de las tasas correspondientes, salvo en los contratos de prácticas en las que será necesario tener concedida la homologación o equivalencia.
La homologación al título español sólo es necesaria para el ejercicio de profesiones regladas. En caso de ser denegada, será causa de rescisión del contrato.
Es recomendable que solicite la equivalencia a nivel académico, ya que es un trámite más sencillo y suficiente para formalizar un contrato de la Bolsa de Trabajo del CSIC.
El nombre exacto de esta equivalencia es “Equivalencia de título extranjero de educación superior a titulación y a nivel académico de Grado o Máster universitarios oficiales en ramas de conocimiento y campos específicos”. Se trata de equiparar la titulación extranjera superior a una titulación a nivel de grado o máster genérica, indicando las ramas de conocimiento.
En el supuesto de optar a un contrato de bolsa de trabajo de GP1 y GP2 será necesario solicitar la equivalencia al nivel de grado mientras que para la formalización de un contrato de bolsa de trabajo predoctoral se precisará solicitar la equivalencia al nivel de Máster, en las ramas de conocimiento que correspondan según el caso.
La denegación de la equivalencia será causa de rescisión del contrato.
Por razones técnicas se ha tenido que adelantar la publicación de los listados al día 7 de noviembre y el siguiente será el 14 de noviembre
Provisionales | Definitivos (*) |
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